El caso Georgine Kellermann contra Montserrat Varela

Montserrat Varela

Este texto fue escrito por Eva Engelken y traducido del alemán por Montserrat Varela 

Como informamos en las redes sociales, el ministerio fiscal de Múnich archivó la investigación judicial instigada por Georgine Kellermann por ofensa contra nuestra miembro de la asociación Frauenheldinnen Montserrat Varela. Nos alegramos mucho, porque esto demuestra que Varela no es culpable de nada, y porque se ha ahorrado un estrés que hubiera tenido si el procedimiento hubiera continuado. Por último, pero no menos importante, damos las gracias a Montserrat Varela por haber donado el resto de la microfinanciación colectiva (4.000 euros aproximadamente) a nuestro fondo de asistencia jurídica, del que podrán beneficiarse otras mujeres que tengan que defenderse jurídicamente contra ideólogos de todo tipo.

Dos aspectos hacen que todo el asunto sea motivo de preocupación: 1. El hecho de que expresar un hecho histórico correcto pueda dar lugar a diligencias previas. Y 2. El hecho de que se creara un expediente en segundo plano por razón de incitación al odio contra minorías, razas y religiones, un delito tipificado en el artículo 130 del Código Penal alemán.

Por suerte, Montserrat Varela tuvo un buen abogado. Además, el ministerio fiscal comprobó los hechos de manera impecable y desestimó los argumentos de la parte contraria.

Damos la gracias al abogado Jonas Jacob por habernos dado acceso al expediente de las diligencias previas.

A continuación detallamos los acontecimientos.

En abril de 2023, G. Kellermann presentó una denuncia por injurias.

El punto de partida fue el acto conmemorativo del día de conmemoración del Holocausto el 27 de enero de 2023, en el que Montserrat Varela escribió que en el III Reich nadie hablaba de «queer», sino solo de homosexuales, lo que criticó como falsificación de la historia.

Advirtió que durante la época del nacionalsocialismo, un hombre con la inclinación de llevar ropa de mujer se hubiera llamado trasvestido y no hubiera sido perseguido si se le hubiera expedido el «carné de trasvestido».

Denuncia por injurias y todos los demás elementos constitutivos de delito

El 14 de abril de 2023, el abogado de Kellermann puso una denuncia por insultos y todos los demás elementos constitutivos de un delito en cuestión, con lo que empezó a sí una fase angustiosa que duró meses.

Georgine Kellermann

Denuncia en la ZIT (Central para la lucha contra la criminalidad en Internet)

Este no denunció a Varela personalmente, sino que presentó cargos contra «persona desconocida» en la ZIT (Central para la lucha contra la criminalidad en Internet).

Esta central se creó el 2010 como delegación de la Fiscalía General de Frankfurt am Main. Su objetivo: investigar delitos en Internet con competencia territorial aún por aclarar, y también en caso de procedimientos de masa contra un gran número de sospechosos en toda Alemania.

Sus áreas delictivas son: pornografía y maltrato infantil, tráfico de drogas y armas en la darknet, ciberdelincuencia y ataques de hackers, robo de datos y fraude informático, y delito de odio en internet (hate speech).

Acusación penal: ofensa y demás

¿Por qué fue denunciada Varela en esta fiscalía especial? Porque el acto sucedió en Internet, en Twitter. Por otra parte, cabe suponer que se pidió la intervención de esta fiscalía especial porque su jurisdicción incluye el «delito motivado por el odio» en internet, y una persona como Kellermann quisiera ver perseguido como discurso de odio todo lo que va en contra de la idea que tiene de sí mismo.

¿El hate speech es punible? Sí, si se trata de incitación al odio racial y de minorías

Las declaraciones difamatorias pueden ser punibles en casos concretos. Por ejemplo como amenazas, delitos de propaganda (difusión de material propagandístico de organizaciones anticonstitucionales y terroristas en virtud del artículo 86 del Código Penal alemán), o bien como instigación al odio contra minorías, razas y religiones de conformidad con el artículo 130 del CP alemán.

Ya hace tiempo que los activistas woke intentan posicionar la instigación al odio contra minorías, razas y religiones contra las mujeres. Según el artículo 130 del CP alemán, hay instigación al odio contra minorías, razas y religiones contra un grupo determinado o partes de la ciudadanía si se incita al odio, violencia o arbitrariedad, o bien si el grupo o un solo miembro por motivo de su afiliación al grupo «es insultado, menospreciado de manera vejatoria, o calumniado».

¿Qué tiene que ver la injura con la instigación al odio contra minorías?

La instigación al odio abarca varios actos reales. Por una parte, la «incitación» al «odio, violencia y arbitrariedad», lo que definitivamente no es el caso aquí, aunque sabemos por experiencia que los activistas woke quieren incluir en la «violencia» la más mínima crítica a la ideología transgénero.

El artículo 130 del Código Civil alemán sobre instigación o incitación al odio contra minorías incluye, en la sección I, frase 2, también ―y aquí está el vínculo con la ofensa punible― el abuso verbal, el desprecio vejatorio o la difamación. Para comprobar si hay abuso verbal y difamación, se puede recurrir, además, al artículo 185 y siguientes del Código penal alemán. Para que haya instigación contra una minoría, sin embargo, la ofensa debe dañar también la dignidad humana de parte de la población o de un individuo. Para poder valorarlo, hay que tener en cuenta tanto las circunstancias como la libertad de expresión del presunto autor del delito y los derechos morales de la parte afectada; y además, muchas declaraciones difamatorias siguen estando cubiertas por el derecho a la libertad de pensamiento, constitucionalmente protegida por el apartado 1 del artículo 5 de la Ley fundamental alemana.

¿Cuándo es constitutiva de delito una declaración?

La ofensa según el artículo 185 del Código penal alemán se entiende como todas las afirmaciones sobre la parte afectada, así como sobre juicios de valor sobre la misma. El «acto real» es la declaración literal, por escrito, figurativa o implícita de un hecho o de un juicio de valor, si atenta contra el «honor» de la parte afectada, es decir si esta daña su reputación o atenta contra su dignidad. Para juzgarlo, hay que tener en cuenta las circunstancias del caso particular y el contexto. No hay declaraciones que se consideren generalmente ofensivas. Por ejemplo, una frase como «jódete» a un policía puede ser un delito, pero a un amigo puede ser una declaración amistosa.

¿Cómo argumentó el abogado de Varela?

En su escrito procesal, Jonas Jacob expuso que todas las afirmaciones de Varela «son la expresión de su libertad de pensamiento constitucionalmente garantizada y ―en la medida en que contienen un núcleo factual― son ciertas». Con la «afirmación litigiosa», Varela «critica únicamente el contenido pero sin desprecio ni falta de respeto», señala Jacob. Su conclusión: «No se trata ni un delito de injurias, ni tampoco existe el hecho de causa de la instigación al odio contra minorías».

Para llegar a esta conclusión, el abogado explica el contexto de la afirmación y la valora en este contexto.

Para contextualizar la afirmación, Jacob menciona la acalorada confrontación que tiene lugar en Twitter en torno a la ley de autodeterminación del sexo registral, y el hecho de que Kellermann, a su vez, arremete contra Varela. Y señala: «También hay que tener en cuenta el contexto, en el que el denunciante [sic: la denunciante] ataca a la denunciada en la plataforma mencionada ante una gran opinión pública». Como ejemplo, cita un tuit de Kellermann: «Diosa qué vergüenza. Una terraplanista en plena forma».

El abogado Jonas Jacob destaca, además, que «en el concreto contexto de la confrontación ha llegado a ser lícito tachar de ‘montón de mierda’ (artículo en español de Ana Julia di Lisio sobre el tema) a las mujeres que se implican contra la legislación de autodeterminación del sexo registral, y cita como fuente la Fiscalía General de Coblenza, ref.: GenStA Koblenz 4 Zs 598/23.

(Referencia a un programa de televisión del periodista alemán Jan Böhmermann de diciembre de 2022. En él, el periodista tachó a feministas como Alice Schwarzer como “montón de mierda”: https://www.emma.de/artikel/feministische-scheisshaufen-340125)

Jacob critica que las críticas en Twitter de Varela hacia Kellermann se sacaron de contexto. Para poder calificar si se trata de una ofensa, debe tenerse en cuenta «el horizonte hermenéutico, tanto el posicionamiento público, ofensivo y también acalorado del demandante [sic: la demandante] en el discurso social, como también la crítica históricamente fundada en el acto de la oficina de antidiscriminación [del Gobierno alemán]».

¿En qué contexto se produjo la denominación supuestamente ofensiva de Kellermann como «travestido»?

El motivo fue el aniversario de la liberación de Auschwitz [27 de enero de 1945] de 2023, en el que se siempre celebra un acto conmemorativo del Holocausto, pero no ese año. La delegada de la lucha contra la discrimación del Gobierno federal alemán, Ferda Ataman, cambió las víctimas que había que conmemorar ese día. Un usuario de Twitter, Michael Weingardt, criticó que el comunicado de prensa de Ataman con el título «Ataman en el día conmemorativo en el parlamento alemán: ‘Alemania rinde respeto, por fin, a las víctimas queer del nacionalsocialismo’», ni siquiera mencionaba a los judíos, sino que se centraba en las personas homosexuales y “queer” que fueron asesinadas en los campos de concentración.

Montserrat Varela comentó este tuit de Weingardt en otro hilo propio en español y criticó que Kellermann hubiera sido invitado. En su hilo, señaló a Kellermann como «travestido»:

«’Georgine’ Kellermann, un periodista de la televisión pública WDR y que por arte de magia de la teoría queer ahora es una «mujer», ha sido invitado. Un hombre travestido como Kellermann podía llevar, si quería, el carné ‘Transvestitenschein’, introducido durante la República de Weimar a instancias de [Magnus] Hirscheld […]».

Además, explicó que en el III Reich no había existido la teoría queer, y que por tanto la forma de hablar del Gobierno federal de Alemania era una falsificación de la historia.

¿Por qué la denominación de Kellermann como ‘trasvestido’ no fue ninguna ofensa?

En su escrito procesal, el abogado Jacob explicó, «entendiendo la afirmación», por qué la denominación de Kellermann como ‘trasvestido» no supone ninguna ofensa en el contexto concreto:

«Mi mandante ha señalado correctamente que el demandante [sic: la demandante], quien fue invitado al mencionado acto organizado por la oficina antidiscriminación el día de la conmemoración de la liberación de Auschwitz, durante la época del nacionalsocialismo no habría figurado como mujer en la Ley sobre el estado civil y de conformidad con el artículo 8 de la Ley de transexualidad, sino que presumiblemente habría sido clasificado como ‘trasvestido’. Esto lo formuló expresamente de este modo con un enunciado claro.

Expresó claramente que considera que el uso de la expresión «personas queer» es incorrecto históricamente en el contexto de las personas perseguidas por los nacionalsocialistas, a las que se había que conmemorar». Por otro lado, esto no solo fue criticado por ella, sino también por varios científicos en los medios de comunicación.

Al mismo tiempo manifestó que el demandante [sic: la demandante], que había sido invitado a este acto organizado por la Oficina antidiscriminación, no habría estado en absoluto en el punto de mira de la persecución en su actual representación pública como mujer activista. En aquella época, el demandante [sic: la demandante] ―como mi mandante formuló de manera clara―, hubiera sido tratado, en realidad, como «trasvestido». Probablemente podría haber hecho uso del carnet de trasvestido. La posibilidad de elegir el propio sexo basándose en sensaciones subjetivas ni siquiera era concebible en aquella época (y tampoco antes y después del nacionalsocialismo).

Completamente absurdo es el supuesto ―en el contexto de una tercera parte que resulta imparcial― de que mi mandante habría ofendido al demandante [sic: a la demandante] como «trasvestido». Independientemente del hecho de que no sea fácil establecer una distinción sobre la base de la terminología dada y que sea objeto de debate académico, el propósito de toda la crítica del acto organizado por la Oficina de antidiscriminación y la invitación del demandante [sic: la demandante] demuestra que mi mandante no puede comprender la selección de las personas a las que se va a homenajear.

Por el contrario, está demostrado que no existe ninguna investigación empíricamente probada con respecto al tratamiento de las personas transexuales durante el nacionalsocialismo. Es un hecho que en aquella época, el demandante [sic: la demandante] probablemente hubiera sido tratado como «trasvestido» (véase Livia Gershon: Gender Identity in Weimar Germany. 18 de noviembre de 2018, consultado el 17 de noviembre de 2020). También es un hecho que en aquella época había un carnet que se llamaba «carné de trasvestido».

Además, me remito a la explicación concluyente bajo https://de.wikipedia.org/wiki/Transvestitenschein#cite_note-:0-2 2

Es un hecho que la formulación «personas queer» tiene su origen en la época moderna y que la retórica del nacionalsocialismo ni la utilizaba ni la conocía. Esto se debe a que el término «personas queer» responde a una teoría de género posmoderna y socialmente muy controvertida. Esta ni era conocida en el nacionalsocialismo, ni las personas transexuales eran el centro de la persecución de los nacionalsocialistas.

La persecución de los travestis bajo el nacionalsocialismo es controvertida y no se ha investigado empíricamente de forma concluyente. Sin embargo, existen pruebas de que se podía garantizar un cierto grado de protección de acuerdo con un carné para trasvestidos.

Pero esto no tiene ninguna importancia, ya que para el receptor imparcial está claro cuál es el objetivo de la crítica manifiesta de mi mandante.

Para ella, es lisa y llanamente decepcionante que la Oficina de antidiscriminación no conmemore a los judíos perseguidos el día de la liberación de Auschwitz, sino que organice un acto cuyo título no está demostrado históricamente y que pone en el centro de la atención una política de identidad muy controvertida y que la Oficina federal antidiscriminación aplica desde hace ya tiempo.

Por ejemplo, la Oficina de antidiscriminación encarga periódicamente unos costosos informes para forzar los derechos de las personas transexuales pero que, en opinión de la mandante, no ofrecen ninguna garantía suficiente, junto con evaluaciones de la repercusión para los espacios de protección para mujeres biológicas que deben garantizarse en virtud de los derechos humanos fundamentales.»

(En su escrito el abogado Jacob cita los primeros párrafos de la entrada en Wikipedia sobre el “certificado de travesti” (título de la entrada en español): https://es.wikipedia.org/wiki/Certificado_de_travesti. Esta entrada en español es mucho más breve y, además, es absolutamente errónea en su tercer párrafo.)

¿Cómo es la valoración jurídica?

Conclusión del abogado Jonas Jacob: «La consecuencia de la interpretación corrrecta es que no existe responsabilidad penal. Ni se trata de un delito de injurias, ni tampoco existe el hecho de causa de la instigación al odio contra minorías. En todo esto hay que señalar que el honor solo representa un aspecto de la dignidad de la persona y que no se puede equiparar al derecho moral. Por eso, las infracciones contra el derecho moral, incluso de la privacidad, no constituyen automáticamente un ataque contra el honor de la persona afectada (Schönke/Schröder/Eisele/Schittenhelm Rn. 3a; MüKoStGB/Regge/Pegel Rn. 15).

La punibilidad de las ofensas representa una restricción de la libertad de pensamiento del apartado 1, frase 1, artículo 5 de la Ley fundamental alemana (GG 3 ). Hay que tener en cuenta su significado elemental como derecho fundamental, que constituye el orden estatal libre y democrático por antonomasia, desde el momento de la interpretación de afirmaciones; para ponderar la libertad de pensamiento, que entra en conflicto con el bien jurídico del honor. Así pues, si la declaración en cuestión resulta ambigua y permite diferentes interpretaciones, de las cuales no todas son relevantes en el Derecho penal, el juez solo puede asumir una interpretación que lleve a un condena si ha descartado todas las demás posibilidades de interpretación no punibles con motivos fundados; del mismo modo, el juez debe precisar todas las circunstancias reales a la hora de dictar sentencia, que fueron relevantes al ponderar la libertad de pensamiento y el derecho moral de la persona afectada.

Como se describe detalladamente, la comprensión convincente de las afirmaciones de mi mandante se produce desde el contexto y la redacción de las mismas. Habida cuenta del derecho fundamental de la libertad de pensamiento y del discurso actual descrito, la afirmación de mi mandante debe reconocerse como expresión de su opinión defendible y justificable. De lo contrario ―incluidas las investigaciones judiciales comparables del ministerio fiscal en el caso de posiciones diametralmente opuestas― el discurso democrático y constitucionalmente protegido sufriría un daño considerable».

¿Con qué argumentación Kellermann denunció a Varela?

La abogada de la parte contraria califica las siguientes afirmaciones de Montserrat Varela como ofensa en el sentido el artículo 185 del Código penal alemán: «Pero al acto de hoy ha sido invitado, por ejemplo, un trasvestido, ‘Georgine’ Kellermann, un periodista de la televisión pública WDR y que por arte de magia de la teoría queer ahora es una «mujer». Un hombre travestido como Kellermann podía llevar, si quería, el carné ‘Transvestitenschein’, introducido durante la República de Weimar a instancias de [Magnus] Hirscheld […]».

En su argumentación, la abogada de la parte contraria se limita a insinuar que Varela, a quien, curiosamente llama con el pronombre «lo» o «el acusado» en una ocasión, había querido «lograr claramente una difamación del denunciante [sic la denunciante] y manifestarle su desprecio». «Con la denominación como «trasvestido», se ridiculiza el género del denunciante [sic la denunciante]. La afirmación está exclusivamente dirigida a menospreciar el aspecto y el género del denunciante [sic la denunciante] y, por tanto, afecta a su intimidad».

En vez de analizar en profundidad el contexto, como hizo el abogado de Varela, la abogada de la parte contraria se limita a la sucinta frase: «La afirmación tampoco está justificada por una supuesta referencia fáctica».

Respuesta del ministerio fiscal: sobreseimiento por falta de suficientes indicios de criminalidad.

Por lo visto, el ministerio fiscal no se dejó impresionar por esta endeble argumentación. En cualquier caso, archivó la instrucción del sumario. El tipo de sobreseimiento se hizo de conformidad con el apartado 2, artículo 172 del Código de procedimiento penal, es decir por falta de suficientes elementos incriminatorios.

¿Por qué se dio al caso de Varela contra Kellermann un número de expediente por instigación al odio contra minorías? Investigación judicial por sospecha de incitación al odio de minorías de conformidad con el artículo 130 del Código penal alemán.

En el caso de Kellermann, la denuncia en la central ZIT hizo que esta central abriera una «investigación judicial contra CONTRA QUIEN RESULTE RESPONSABLE por sospecha de incitación al odio contra minorías de conformidad con el artículo 130 del CP alemán» y que le asignara el número de expediente 9500 UJs 421262/19.

Lo pérfido y peligroso de una condena por incitación al odio contra minorías:

Si bien las personas ―como Kellermann― que han cambiado su nombre y su sexo registral, de entrada aún no tienen su propia categoría, el catálogo del artículo 130 del Código penal nombra a determinados grupos por su «origen nacional, de raza, religioso o étnico». Sin embargo, el artículo 130 del Código penal también cubre sectores de la población claramente definidos, como los alemanes o los árabes, por lo que, teóricamente, en este caso podría incluirse una categoría denominada transgénero. Dado que la autodefinición «trans» clasifica automáticamente a una persona dentro de una minoría marginada, ellos, en cualquier caso se autoperciben como un sector de la población protegido por el artículo 130 del Código penal.

¿Se investigó a Montserrat Varela por incitación al odio contra minorías?

En un principio, Varela y su abogado desconocían el incidente. Cuando lo supieron, Jacob solicitó tener acceso al expediente. La idea de que su mandante también estaba siendo investigada por incitación al odio contra minorías era inquietante. Pero por lo visto, en este caso no había motivo de preocupación. La central ZIT comunicó a Jacob que se trataba de un procedimiento en el que no se investiga ni se anota ninguna información sobre las personas. Este procedimiento sirve para la organización entre el registro y el ZIT. Por este motivo, el abogado no tuvo acceso al expediente.

Investigación judicial por injurias

La Fiscalía General del Estado remitió la investigación judicial por injurias a la Fiscalía de Múnich, por ser este el lugar de residencia de Varela.

Archivo de la investigación judicial por injurias

El 4 de octubre de 2023, la fiscal de Múnich ordenó el archivo de la investigación judicial de conformidad con el apartado 2, artículo 170 del Código de enjuiciamento penal alemán.

Conclusión

El proceso penal iniciado por Kellermann contra Montserrat Varela no prosperó, ¡por suerte! Una razón importande de este éxito es un abogado comprometido que defendió la libertad de pensamiento y a su mandante, pero también la insunstancialidad de una denuncia, que cada vez más se presenta más contra mujeres que se oponen a la teoría de identidad de género y que no siguen la moda woke dominante.

El hecho de que Varela pudiera preservar sus intereses legítimos se debió a la extraordinaria solidaridad y la disposición a donar de mujeres y hombres que se oponen a la deriva transgenerista actual, que no están dispuestos a ver cómo se prohíbe hablar a las mujeres y que no creen que haya que validar a toda costa los sentimientos de los hombres.

Ya conocemos la práctica actual, hasta los más altos cargos oficiales, de trasladar las construcciones de identidad hasta la memoria colectiva, relativizando así la historia mediante el frecuente borrado de los logros de las mujeres en todos los ámbitos de la historia, lo que rechazamos categóricamente.

Como asociación Frauenheldinnen, ¡nos posicionamos firmemente al lado de todas las mujeres valientes y resistentes!


El texto original de Eva Engelken, traducido y adaptado por Montserrat Varela:
https://www.frauenheldinnen.de/news/der-fall-georgine-kellermann gegen-montserrat-varela/

Blog de Eva Engelken: https://www.evaengelken.de/blog/

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